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jueves, 24 de marzo de 2011

Trabajadores autónomos y empleados en relación de dependencia. A partir de Marzo se modifican los aportes mensuales.

De interés para contribuyentes en general, subimos, en una toma de contacto, la modificación de valores de aportes y contribuciones de autónomos. Información sin procesar

A partir del período devengado marzo ¿con vencimiento en abril/2011- se modifican:

- el monto de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos y
- los topes mínimo y máximo para el cálculo de los aportes de los empleados al Sistema Integral Previsional Argentino.
Las modificaciones responden a la ley de movilidad jubilatoria y también afectan el cálculo de las contribuciones patronales.

NUEVOS VALORES

1. Trabajadores autónomos:
Importes vigentes a partir del período marzo/2011, con vencimiento en abril/2011.

a) Régimen General:
- Categoría I: $ 227.76
- Categoría II: $ 318.86
- Categoría III: $ 455.52
- Categoría IV: $ 728,84
- Categoría V: $ 1002,15
b) Actividades riesgosas o penosas:
- Categoría I prima: $ 249.12
- Categoría II prima: $ 348.75
- Categoría II prima: $ 498.22
- Categoría IV prima: $ 797.17
- Categoría V prima: $ 1096.10
c) Afiliaciones voluntarias: - Categoría I: $ 227.76
d) Menores de 21 años: - Categoría I: $ 227.76
e) Jubilados Ley N° 24.241: - Categoría I: $ 192.17
f) Amas de casa: - Categoría I: $ 78.29
2. Empleados en relación de dependencia:
Los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino aplicables al período devengado marzo son los siguientes:
- Límite mínimo: $ 427,06
- Límite máximo: $ 13.879,25

Referencia Normativa: Resolución General N° 3.063 (B.O. 23/03/2011)