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domingo, 12 de mayo de 2013

Ingresos brutos Pcia de Bs As y las locaciones de inmuebles con destino a vivienda

Las locaciones están alcanzadas por el impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Pcia. de Buenos Aires con algunas excepciones como ser la locación de único inmueble con destino a vivienda.
En estos casos, donde el destino de la locación del inmuebles es el que determina si está alcanzado o no por el impuesto sobre los ingresos brutos. El código fiscal establece en su artículo 184 inciso C) apartado 1) que  el tratamiento general de gravabilidad de locación de  inmuebles no será aplicable en aquellos casos de locación de un único inmueble con destino a vivienda.
En caso de destinar dos inmuebles a la locación de inmuebles con destino a vivienda comenzará a estar alcanzado por el objeto del impuesto y por ende, inscribirse en caso de no estarlo, o aplicar la alícuota correspondiente sobre la base imponible.
Otra cuestión a tener en cuenta en aquellos casos de locación de único inmueble con destino a vivienda, son los montos de alquileres establecidos en el contrato. En estos casos, de superarse los $ 4.500 mensuales o $ 54.000 anuales, la locación de un único inmueble estará alcanzado por el impuesto. Ley 14.394 art. 37.