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viernes, 23 de noviembre de 2012

Aumenta la carga impositiva de profesionales y estudios bonaerenses

IMPOSITIVA Fuente: El Cronista

Aumenta la carga impositiva de profesionales y estudios bonaerenses
23 de noviembre de 2012 08:00



El impuestazo que el gobernador Buenos Aires, Daniel Scioli, logró que se votase con el Presupuesto 2013 subió el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los profesionales y afecta especialmente a los estudios, incluso chicos, ya que con una facturación de $ 42.000 mensuales la tasa del gravamen sube de 3,5% a 4%.
La nueva Ley Impositiva que fue publicada en el Boletín Oficial bonaerense establece en 4% la alícuota del impuesto a las actividades de prestaciones de obras y/o servicios que pagan los profesionales, aplicable sobre los contribuyentes cuyos ingresos gravados, no gravados y exentos por el desarrollo de cualquier actividad, dentro o fuera de la provincia, sea superior a $ 500.000 e inferior a $ 30 millones en el año.
Para los profesionales y estudios grandes que superen esa cifra, la alícuota será de 5%.
También aumenta 75% la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para agro e industria siempre que la facturación sea superior a $ 60 millones anuales.
Actualmente la actividad primaria y producción de bienes desarrollada en establecimientos ubicados en territorio bonaerense es de 1%. A partir del año que viene, los contribuyentes que durante 2012 hubieran obtenido ingresos totales (gravados, no gravados y exentos) inferiores a $ 60 millones se verán beneficiados con una alícuota de 0,5%, explicó Federico Constantino, de Auren.
Pero para los contribuyentes cuyos ingresos sean superiores a ese monto la alícuota será de 1,75%, lo cual representa un incremento de 75% con respecto a la alícuota actual.
Si los alcanzados no poseen establecimiento en provincia, la alícuota se incrementa de 3% a 4%.
De esta manera –dijo Constantino–, se busca beneficiar con una menor carga tributaria a los productores primarios o fabricantes de bienes pequeños, y elevar la carga fiscal en contribuyentes con mayores ingresos o que cuenten con establecimientos productores fuera de la provincia.
Una novedad es que se establece una alícuota del 2% para aquellos contribuyentes que desarrollen las actividades de cultivo de granos y forrajeras o de cría de ganado en inmuebles arrendados, incrementando la carga tributaria en contribuyentes que desarrollen la actividad mediante pooles de siembra, entre otros. Esta alícuota es aplicable en caso de que el total de ingresos gravados, no gravados y exentos obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la provincia supere los $10 millones anuales.
La alícuota para la construcción y a sus actividades relacionadas se incrementa de 3,5% a 4%, y se eleva a 7% la alícuota aplicable a las actividades financieras. Se fija en 12% la alícuota aplicable a los servicios de explotación de salas de bingo y al servicio de explotación de máquinas tragamonedas.
En el Inmobiliario, el Código Fiscal establece que estará constituido por un impuesto básico y uno complementario. El impuesto básico se abonará por cada inmueble, en tanto que el complementario se abonará por cada conjunto de inmuebles atribuibles a un mismo contribuyente.
Por último, se dispone un incremento del Impuesto Inmobiliario y la Patente, aplicable a los inmuebles cuyas valuaciones fiscales superen los $ 350.000 y a los automotores cuyo valor fiscal supere los $ 110.000.
Fuente: Cronista.com