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lunes, 20 de junio de 2011

Vencimiento Monotributo



Sr/a. Monotributista:

Le informamos que el 21 de Junio vence la cuota de Monotributo correspondiente al mes de Junio de 2011.

Le recordamos que el pago podrá realizarse a través de los siguientes medios:

1.      Efectivo: en entidades bancarias, Pago Fácil, Rapipago y Bapro Pagos.
2.      Cheque
3.      Transferencia electrónica de fondos
4.      Cajeros Automáticos
5.      Tarjetas de Crédito Pago Internet
6.      Débito Automático en Cuenta Bancaria

A continuación encontrará las preguntas y respuestas mas frecuentes sobre el pago de monotributo:

¿Cómo puedo reimprimir la credencial de pago?

En el caso de no tener la credencial de pago podrá reimprimirla ingresando a la página Web de la AFIP (www.afip.gob.ar), en la opción Clave fiscal, "Ingreso al sistema" colocando su CUIT y su clave fiscal, le aparecerá un menú de opciones y allí deberá seleccionar el servicio Sistema Registral, dentro del mismo deberá ingresar en la opción "Registro Tributario", luego "Monotributo", a continuación "Reimpresión de Credenciales", y desde allí podrá reimprimir la Credencial de Pago.

Se deberá tener presente que para realizar dicha reimpresión se deberá contar con "Clave Fiscal" habilitada con Nivel de Seguridad 2.

¿Cuál es la fecha de vencimiento de la obligación?

Los sujetos que adhieran al Régimen Simplificado (RS) cumplirán la obligación de pago mensual, hasta el día 20 del respectivo mes, excepto cuando se trate de inicio de actividades, en cuyo caso el pago correspondiente al mes de inicio de actividades podrá efectuarse hasta el último día de ese mes.

¿Cómo pago los intereses por no haber ingresado en término la mensualidad?

Los intereses por cada período deben pagarse con el formulario 155, teniendo en cuenta que deberá completar un formulario por cada concepto que se abone.

Códigos para intereses resarcitorios de Obra Social:

Rubro I: 024 - Rubro II: 019 - Rubro III: 051

Códigos para intereses resarcitorios de Monotributo Previsional:

Rubro I: 021 - Rubro II: 019 - Rubro III: 051

Códigos para intereses resarcitorios de Monotributo Impositivo:

Rubro I: 020 - Rubro II: 019 - Rubro III: 051

Finalmente, le recordamos que a fin de realizar consultas respecto de este u otro tema de competencia de esta Administración Federal, puede comunicarse con el Centro de Información Telefónica al número 0810-999 AFIP (2347) o *2347 desde su celular, de lunes a viernes de 8 a 20 hs., o bien vía correo electrónico a la dirección mayuda@afip.gob.ar.